Un jornal de multa a personas que no voten

 Un jornal de multa a personas que no voten

La Cámara de Diputados de la Nación dio su aprobación al proyecto de ley que establece multas a personas que no acuden a depositar su voto. El documento se derivó nuevamente al Senado por haberse introducido una modificación en el texto.

Durante este miércoles en la Cámara Baja fue tratado el proyecto de ley que modifica el artículo 332 de la Ley 834/1996, que establece el Código Electoral Paraguayo. En la actualidad este proyecto posee media sanción en el Senado. 

El documento que tuvo su origen en la Cámara de Senadores de la Nación, consideraba que el abono de las multas sea de medio jornal, es decir, unos Gs. 44.010, a unos Gs. 88.021, que sería el jornal completo. 

En este contexto, el ciudadano que no pudiese cancelar la multa estaría inhabilitado para realizar gestiones en la SET, Catastro, Registros Públicos entre otros entes. 

El parlamentario de la ANR Enrique Riera fue quien presentó el proyecto con el propósito de incentivar la participación ciudadana en las elecciones del país. 

 

M. Leiva